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REGLAS PARA LA CERTIFICACION
DE PERSONAS
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NTC ISO IEC 17024:2012
evaluación de la conformidad. requisitos generales para los organismos que
realizan la certificación de personas
FECHA DE ACTUALIZACIÒN: MAYO 28 DE 2019
VERSION: 02
Este documento no será reproducido, distribuido, modificado ni prestado en todo o en parte
sin previa autorización de la empresa
Elaboró:
Representante de calidad
Aprobó:
Gerente
Copia Nº
1
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CONTROL DE DISTRIBUCION
COPIA No ENTREGADA PARA FECHA DE DEVOLUCION
V01 : C01
Oficina
Vigente
CONTROL DE MODIFICACIONES
VERSIÓN MODIFICACIONES
V01 Creación del documento
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TABLA DE CONTENIDO
OBJETO............................................................................................................................. 4
2. ALCANCE....................................................................................................................... 4
4. DEFINICIONES .............................................................................................................. 5
5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO........................................................................ 7
5.1 ALCANCE DE LA CERTIFICACION……………………………………………………….8
5.2 CRITERIOS DE CERTIFICACIÓN………………………………………………………….9
5.3 SOLICITUD DE CERTIFICACIÓN………………………………………………………….9
5.3.1 Prerrequisitos……………………………………………………………………………...9
5.3.2 Solicitud…………………………………………………………………………………….9
5.4 PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN…………………………………………………11
5.4.1 EVALUACIÓN TEORICO........................................................................................ 12
5.4.2 EVALUACIÓN PRACTICA……………………………………………………………….13
5.4.3 CAMBIO DEL ALCANCE DE LA CERTIFICACIÓN………………………………….14
5.4.4 PRESENTACIÓN DE EXAMENES POR REPROBACIÓN..................................... 17
5.4.5 OTORGAMIENTO, RENOVACIÓN Y VALIDEZ DE LA CERTIFICACIÓN ........... 18
5.4.6 SUSPENSIÓN Y/O RETIRO DEL CERTIFICADO................................................... 18
6. ANEXOS ....................................................................................................................... 19
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1. Objeto
Determinar las reglas del servicio de la evaluación de la conformidad para la certificación de
competencias, que aplicara CERTIFMAQ SAS de acuerdo con los requisitos de la norma
NTC-ISO/IEC 17024:2012.
2. Alcance
Este procedimiento es definido con referencia al tipo y categoría de equipos o competencias.
3. Referencias normativas
Las siguientes Normas son utilizadas como referencias en los procesos de
certificación de personas en CERTIFMAQ SAS:
NORMA NTC ISO IEC 17024:2012.
DOCUMENTO ONAC: criterios generales para la evaluación y acreditación de
organismos de certificación de personas, vigente.
NORMA NTC ISO 31000:2005
NTC ISO IEC 17024:2012
MGI-01 Manual de Gestión Integral.
ASME B30.5-2018
ANSI/ITSDF B56.1a-2018
ANSI/ITSDF B56.6-2016
ANSI/SIA A92.5-2006 (R2014)
ANSI/SIA A92.2-2015
ANSI/SIA A92.3-2006
ANSI/SIA A92.6-2006 (R2014)
ASME B 30.3-2009
ASME B 30.29 -2012
ASME B 30.2-2016
ASME B 30.11-2010
ASME B 30.17-2006
ASME B 30.22-2016
ASME B 30.14-2010
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ASME B 30. 7-2011
4. Definiciones
ONAC: Organismo Nacional de Acreditación.
OC: Organismo de certificación de personas.
CERTIFICADO DE CONFORMIDAD: Documento escrito que asegura que una
persona ha sido calificada según los requisitos de una norma, documento técnico,
emitido según las cláusulas del presente procedimiento.
COMITÉ DE CERTIFICACION: Comité integrado por miembros de nivel gerencial
de CERTIFMAQ SAS responsable por la emisión, suspensión y cancelación de la
certificación.
APELACIÓN: Solicitud presentada por un aspirante, candidato o persona
certificada, para reconsiderar cualquier decisión adversa tomada por el organismo
de certificación relacionada con el estado de certificación deseado.
CANDIDATO: Aspirante que ha cumplido los requisitos previos especificados,
permitiendo su participación en el proceso de certificación.
PROCESO DE CERTIFICACIÓN Todas las actividades mediante las que un
organismo de certificación establece que una persona cumple con los requisitos
de competencia especificados, que incluyen la solicitud, la evaluación, la decisión
sobre la certificación, la vigilancia y la renovación de la certificación, el uso de
certificados y logotipos/marcas.
COMPETENCIA: Capacidad demostrada para aplicar conocimientos y/o
habilidades y, cuando corresponda, atributos personales demostrados, como se
define en el esquema de certificación.
QUEJA: Solicitud, en el ámbito de la evaluación de la conformidad, distinta de una
apelación, presentada por una organización o persona a un organismo de
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certificación, de acción correctiva relacionada con las actividades de dicho
organismo o con las de cualquiera de sus clientes.
EVALUACIÓN: Proceso que evalúa el cumplimiento de una persona con los
requisitos del esquema, que conduce a una decisión de certificación.
EXAMEN: Mecanismo que es parte de la evaluación, que mide la competencia de
un candidato por uno o varios medios tales como medios escritos, orales,
prácticos y por observación.
ESQUEMA DE CERTIFICACIÓN: y otros requisitos relacionados con las
categorías de ocupaciones especificas o habilidades de personas.
REQUISITOS DE CERTIFICACIÓN: Conjunto de requisitos especificados,
incluidos los requisitos del esquema, que se deben cumplir con el fin de establecer
o mantener la certificación.
CALIFICACIÓN: Educación, formación y experiencia laboral demostrada, cuando
sea aplicable.
EXAMINADOR: Persona competente para llevar a cabo y calificar un examen,
cuando el examen requiere juicio profesional.
SUPERVISOR: Persona autorizada por el organismo de certificación que
administra o supervisa un examen, pero no evalúa competencias del candidato.
(NTC ISO IEC 17024).
SOLICITANTE: Persona que ha presentado una solicitud para ser admitido en el
proceso de certificación.
CANDIDATO SOLICITANTE: Que ha cumplido prerrequisitos especificados y ha
sido admitido en el proceso de certificación.
IMPARCIALIDAD: Presencia de objetividad.
EQUIDAD: Igualdad de oportunidades de éxito proporcionada a cada candidato en
el proceso de certificación.
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VALIDEZ: Evidencia de que la evaluación mide lo que se intenta medir como se
define en el esquema de certificación.
5. Descripción Del Procedimiento
Política integral
Nuestra empresa CERTIFMAQ SAS presta sus servicios realizando trabajos de
inspección y certificación de grúas equipos y sistemas de izaje en general,
además de certificación de personas sobre aparejamiento y seguridad en el izaje
de cargas, para operación segura de grúas, satisfaciendo las necesidades de los
clientes y demás partes interesadas, planeado y realizando todos sus servicios
con excelentes estándares de calidad, previniendo la contaminación, identificando
peligros/aspectos, valorando y controlando los riesgos e impactos ambientales,
teniendo en todo momento un alto nivel de responsabilidad, independencia,
imparcialidad e integridad, contando con un recurso humano idóneo,
comprometido, capacitado, motivado y con las competencias para realizar su
labor, buscando siempre la mejora continua, dando cumplimiento a los requisitos
legales y otros, normativos y procedimentales.
Doc. Referencia: Manual de gestión de certificación de personas
Declaración de imparcialidad
CERTIFMAQ SAS es una empresa constituida con el único propósito de realizar
las actividades de certificación de personas.
CERTIFMAQ SAS incorpora políticas de control y actuación para evitar el conflicto
de interés en la intervención de cualquier persona, independientemente del tipo de
relación laboral, en el proceso de certificación. Con objeto de facilitar que se
pueda prestar un servicio independiente y objetivo,
CERTIFMAQ SAS no se responsabiliza de cumplir con un plazo que nuestro
cliente tenga marcado por necesidades de mercado, subvenciones o cualquier
otro motivo, o que el resultado del proceso de certificación concluya con una toma
de decisión favorable.
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CERTIFMAQ SAS es consciente de las presiones comerciales, financieras y de
otro tipo que pueden influir en su juicio y de la importancia de la imparcialidad en
las actividades de certificación. Consciente además de que, el valor de la
certificación reside en el grado de confianza que confieren sus actuaciones, el cual
se obtiene con una evaluación imparcial y competente, declara y asume el
cumplimiento de los siguientes principios:
1. CERTIFMAQ SAS es la entidad independiente de INSPECCION y
CERTIFICACIÓN que gestiona, realiza y decide todas las inspecciones de
los productos de sus Clientes. Ninguna otra entidad tiene competencia ni
autorización para realizar estas tareas y cualquier consulta, solicitud de
presupuesto, oferta e intervención, debe ser dirigida a CERTIFMAQ SAS,
quien actuará en consecuencia.
2. Todas las actividades llevadas a cabo por CERTIFMAQ S.A.S se rigen de
manera específica por los principios de independencia, imparcialidad e
integridad, de modo que se asegura que las certificaciones emitidas estarán
basadas en evidencias objetivas de conformidad y no estarán influidas por
otros intereses o partes.
3. CERTIFMAQ SAS actuará de manera imparcial referente a los solicitantes,
candidatos y sus personas certificadas.
4. Las reglas de certificación y demás documentación son equitativas para
todos los solicitantes, candidatos y personas certificadas para la toma de
decisiones.
5. CERTIFMAQ SAS identifica, documenta, analiza y mitiga el riesgo de
imparcialidad de forma continua y permanente.
6. Por ninguna razón financiera o exclusividad a alguna asociación o
empresas, CERTIFMAQ SAS realizará procedimientos o reglas para
impedir acceso a solicitantes y candidatos a una certificación.
7. Los datos de los Clientes de todas las empresas de CERTIFMAQ SAS son
confidenciales y no pueden ser utilizados sin la autorización escrita de la
sociedad que ha firmado el contrato.
8. Las actividades no relacionadas con las inspecciones son gestionadas y
realizadas por otras empresas sin que CERTIFMAQ SAS tenga ninguna
competencia sobre ellas.
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9. CERTIFMAQ SAS y sus colaboradores no utilizarán en sus ofertas y en su
publicidad, escrita u oral, referencias a CERTIFMAQ SAS que puedan
inducir a un Cliente a creer que su inspección y certificación será más fácil
de conseguir.
10. Así mismo, CERTIFMAQ SAS ante sus Clientes no se referirá a las otras
Empresas de la de su género como una opción más ventajosa cara a la
certificación.
11. Ninguna persona de CERTIFMAQ SAS en Colombia, interferirá en las
actividades de las demás y no tomará atribuciones que no le corresponden.
12. La imparcialidad de CERTIFMAQ SAS es supervisada externamente por el
Comité de Certificación que se reúne, al menos, una vez al año.
CERTIFMAQ SAS ha identificado, analizado y documentado las posibles fuentes
de conflicto de interés que puedan surgir a través de su actividad para asegurar la
objetividad en todas sus actuaciones.
El análisis se realiza anualmente en la revisión por la dirección y siempre ante la
incorporación de una nueva actividad, con objeto de identificar y estudiar las
posibles situaciones cambiantes. Dicha identificación recoge todas las empresas y
organizaciones con las que CERTIFMAQ SAS pueda tener relación a través de la
alta dirección, del personal, los recursos compartidos, la situación financiera o la
propia actividad complementaria y diaria de la certificación.
Doc. Referencia: declaración de la imparcialidad CTM-DEC-01 Versión 02.
5.1 ALCANCE DE LA CERTIFICACION
El presente procedimiento (reglamento), define las bases mediante las cuales
CERTIFMAQ SAS, opera como tercera parte independiente para otorgar la
certificación de personas de acuerdo a normativas nacionales e internacionales o
protocolos específicos.
Con la solicitud de certificación que realiza el aspirante que desea certificarse
adjunto con los prerrequisitos, estos deberán especificar el alcance que solicitan,
el cual es revisado y aprobado por el líder evaluador del OEC. Los certificados de
la evaluación de la conformidad expedidos por CERTIFMAQ SAS tienen una
vigencia de 1 año.
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COMPETENCIAS EVALUADAS:
• Operación de Grúas Móviles y Locomotoras
• Operador de Grúas de Brazo Articulado
• Operador de montacargas y apiladores
• Operador de montacargas todo terreno y TELEHANDLER
• Operador de Plataforma de Elevación y Rotación de Trabajo
Aéreo Montado Sobre Camión
• Operador de Plataforma Aérea de Trabajo de Elevación
Soportada en Brazo – MANLIFT
• Operador de Plataforma Aérea de Trabajo de Elevación
Operada Manualmente (No Autopropulsada).
• Operador de Plataforma Aérea de Trabajo tipo Tijera
• Operador de torres grúa
• Operador de puentes grúa
• Aparejador Señalero de IZAJE de Cargas
• Director de IZAJE
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5.2 CRITERIOS DE CERTIFICACIÓN
Todos los requisitos que debe cumplir un candidato son los demarcados en cada uno de los
esquemas de certificación de CERTIFMAQ SAS para la certificación de personas. Los cuales son
revisados y aprobados por el comité de certificación de personas basados en las normas
aplicables.
5.3 SOLICITUD DE CERTIFICACIÓN
5.3.1 Prerrequisitos
Para solicitar la evaluación de la conformidad para la certificación de la
competencia el aspirante debe conocer los siguientes documentos:
• Este documento Reglas de Certificación
• Las tarifas vigentes para el proceso de certificación
La documentación requerida como prerrequisitos se puede obtener en el sitio web
www.certifmaq.com, en el link de certificación de personas de acuerdo a la
competencia a lo que va a aspirar.
5.3.2 Solicitud
El interesado debe efectuar por escrito, mediante correo electrónico dirigido a
o medio físico, el requerimiento específico para la solicitud de certificación,
esto puede ser: otorgamiento, o renovación; deberá descargar el formato
Solicitud de Certificación de Personal (PS-F-37).
El aspirante debe diligenciar completamente el formato Solicitud de
Certificación de Personal (registro PS-F-37) y adjuntar los soportes que
evidencian el cumplimiento de requisitos especificados por CERTIFMAQ
SAS, conforme al tipo de certificación solicitada y remitirlos a la gestora
comercial del OEC, lo anterior por medio físico o correo electrónico.
La revisión de las solicitudes de certificación (registro PS-F-37) será a cargo
de la gestora comercial. La responsabilidad del su debido diligenciamiento es
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del solicitante el cual descargará dicho formato de la página web
www.certifmaq.com. En caso de tener inconsistencias, estas serán
comunicadas al solicitante y al líder evaluador.
La gestora comercial revisará la documentación de los solicitantes y
posteriormente el Líder evaluador aprobará la documentación para verificar el
cumplimiento de los prerrequisitos y validar el proceso al cual el aspirante se
debe someter, esta documentación es archivada en una carpeta y
corroborada mediante un check list (PS-F-38) garantizando que la información
sea coherente y completa.
El tiempo máximo que tiene el OEC para hacer el estudio de la documentación
y darle respuesta al solicitante es de 5 días hábiles a partir de la entrega de los
documentos por el solicitante.
Tras la revisión de la documentación, CERTIFMAQ SAS comunica, mediante el registro CTM-F-51 Confirmación del servicio, con todos los datos del examinador y dirigido exclusivamente al candidato.
En su defecto, el OEC se comunicará con el aspirante ya sea vía correo electrónico, el estado de la solicitud que es incompleta, ya sea por datos en el registro o por documentación faltante, por lo tanto, no se programa hasta que se corrija o se reúna todos los requerimientos.
Cuando el solicitante o aspirante envía todos los requisitos y el registro de solicitud de certificación y estos sean aprobados por el OEC, por la gestora comercial, este aspirante-solicitante se convierte en candidato, quien tiene la autoridad para determinar si es candidato o no es la gestora comercial.
El OEC ha decidido que todos los prerrequisitos son importantes obtenerlos en primera instancia para verificación de datos del aspirante, por lo tanto, ninguno es prorrogable.
Si al revisar la documentación antes, durante o después del proceso de
certificación, se descubre la falsedad de alguna información, cualquier
certificación que se pudiese haber emitido como resultado de los exámenes
correspondientes se considerará como nula o improcedente. Lo anterior no
excluye la posibilidad, si el certificado no es devuelto a CERTIFMAQ SAS, de
emprender las acciones legales pertinentes.
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5.4 PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACION
Los aspirantes pueden acceder al servicio de manera libre y voluntaria,
vinculados o no a una organización, sin embargo, deben contar con
experiencia en el tipo de certificación a la cual aplican.
El Organismo de Certificación de Personas cuenta con una página web,
utilizada para informar al aspirante respecto al proceso de certificación y los
requisitos asociados al mismo, de igual forma, puede recibir la información
que requiera al contactarse con el personal de CERTIFMAQ SAS
autorizado para ello.
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A continuación, se describe en detalle las etapas del proceso de certificación,
bajo el esquema definido para CERTIFMAQ SAS el cual funciona de acuerdo
a sus directrices establecidas:
EXAMENES TEORICOS
Los exámenes teóricos, solucionados por los candidatos en las instalaciones
de la empresa o en la que el aspirante acuerda con el Organismo, se realizan
de manera escrita en forma de cuestionario para seleccionar la respuesta
correcta y evaluar el contenido correspondiente a cada cargo, en cuanto a
las preguntas que requieren cálculos numéricos, se deben presentar las
hojas de procedimientos desarrollados como sustento de las respuestas. En
caso de ser necesario y a solicitud del candidato, el evaluador leerá, pregunta
a pregunta, el examen teórico a quien debido a una condición especial así lo
requiera, manteniendo siempre su imparcialidad y sin intervenir en el
desarrollo y tratamiento del mismo.
En la reunión de apertura de la evaluación práctica el supervisor o examinador
leerá a los candidatos el contrato de certificación CTM-CT-001 el cual cada
uno de los candidatos debe firmar como resultado que están de acuerdo al
documento.
El tiempo máximo para presentar el examen teórico es de 120 minutos
contados a partir del momento es que el supervisor o examinador entrega el
examen al candidato, todos los exámenes deben ser resueltos por los
candidatos en lapicero y cuando se equivocan en la respuesta al frente de la
respuesta que no es válida se debe colocar la palabra no y en la respuesta
válida se debe especificar y firmar al frente, para que el examinador no tengo
confusión en el momento de la calificación.
En el proceso de examen teórico y práctico (si aplica) se prohíbe al
candidato el uso de celulares, cámaras, videograbadoras, etc.
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EVALUACION PRACTICA
Este examen será desarrollado en las instalaciones del aspirante o en la que
este disponga, en caso de aplicar según los criterios mencionados
anteriormente. El lugar o área donde se presenta la prueba práctica debe
cumplir con las dimensiones especificadas en las metodologías para
exámenes prácticos según la competencia a evaluar.
Todos los equipos donde se realicen las pruebas prácticas se deben
encontrar aptos para la operación, el examinador al llegar al lugar
estipulado verificara esta condición en el momento en que el candidato
haga la inspección pre operacional del equipo de no ser apto el equipo, el
examinador dejara evidencia del aplazo de la prueba en los reportes de
evaluaciones practicas según la competencia.
Este tipo de examen se realizará siempre y cuando el área cumpla los
siguientes criterios: Día sin presencia de lluvia o lloviznas, área libre de
cables eléctricos, terreno firme y libre de altibajos.
Los exámenes prácticos tienen una complejidad y extensiones tales que
permiten al evaluador comprobar y corroborar la capacidad del candidato
para manifestar competencia en el manejo y operación del equipo en
específico para el cual aplica.
El porcentaje mínimo para poder aprobar el examen práctico es del 85%,
basado en un sistema de 100 puntos, la obtención de porcentajes menores
es causal de reprobación. El tiempo máximo permitido para realizar el
examen práctico (si aplica) por candidato es de 60 minutos. La prueba puede
incluir preguntas que impliquen pre-operacional, cálculos, procedimientos
escritos, normas, configuraciones, operación, etc.
La persona certificada que quiera modificar el alcance de la certificación
obtenida (ejemplo, cambio de equipo y/o capacidad) dentro de CERTIFMAQ
SAS, deberá realizar el mismo proceso como si fuera un otorgamiento o
renovación de la certificación.
El personal que apruebe satisfactoriamente las pruebas teórica y práctica
recibirá un carnet de identificación que acreditará la competencia de este, para
desarrollar la labor para la cual está aplicando. El certificado de competencia
que se emite no exime al operador por el cumplimiento de las disposiciones
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legales y reglamentarias relacionadas con los requisitos de seguridad para
operación de grúas, ni ampara responsabilidades que se deriven por el
desempeño del operador en ejercicio de sus funciones independiente de las
circunstancias en que se den.
EVALUACIÒN
Como mecanismo de evaluación para medir la competencia del personal,
todos los candidatos admitidos por CERTIFMAQ SAS. Deben presentar
exámenes teóricos escritos y exámenes prácticos para el cargo al cual aplican.
El examen práctico está condicionado por la aprobación del examen teórico.
Los candidatos serán convocados a los exámenes teóricos y prácticos
mediante correo electrónico, vía telefónica o medios físicos; se indicará el
lugar, fecha y hora.
Los candidatos deben tener en cuenta los siguientes requisitos cuando se
encuentran en el proceso de evaluación:
➢ Se prohíbe el uso de cámaras fotográficas, videocámaras, celulares u otro tipo de dispositivo de grabación, fotografía o escaneo.
➢ Diligenciar por completo, con tinta indeleble, no lápiz, los datos de la
hoja de respuestas del examen y firmarla, al igual que los documentos
donde se realizan cálculos de soporte a las preguntas que así lo
ameriten (Ej.: plan de izaje, cálculo de tensiones, etc.).
➢ Señalar la respuesta según instrucción del examen. Las preguntas
en las cuales se señale más de una respuesta o no se indique
respuesta se considerarán erróneas.
➢ Si se ha de rectificar una respuesta por parte del candidato, se debe trazar un círculo sobre la respuesta a rectificar y colocar la palabra no, y señalar la nueva respuesta y firmar al lado. No utilizar en ningún caso líquido corrector.
➢ Para las preguntas que requieran cálculos de soporte, éstos deben
realizarse en la parte posterior de la hoja de respuestas, no en los
exámenes. Si fuera necesario una hoja adicional, esta debe marcarse
con el nombre del candidato y número de cédula utilizando tinta
indeleble no lápiz.
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➢ En caso de encontrarse preguntas abiertas, es decir, aquellas en las
que debe darse respuesta con argumento escrito, procurar utilizar el
espacio existente. Si fuera necesario más espacio, escribir en la parte
posterior de la hoja de respuestas u otra aparte indicando claramente
que así se hace.
➢ En los exámenes prácticos, utilizar el documento de calificación
examen práctico correspondiente al cargo a certificar, en caso que sea
necesario realizar soportes escritos adicionales se debe adjuntar al
formato de examen práctico.
➢ Sólo se permite usar documentación de consulta en los exámenes prácticos, previa autorización del evaluador.
➢ El porcentaje mínimo de aciertos para aprobar tanto el examen teórico
como el práctico, sin importar el cargo a certificar, es de 85% basado en
un sistema de 100 puntos. La obtención de porcentajes menores es
causal de reprobación.
➢ Los candidatos convocados a los exámenes tienen derecho a conocer los tiempos y características de los exámenes teóricos y prácticos, la estructura, forma de responder y corregir, así como los criterios de calificación definidos por el grupo evaluador.
➢ Los candidatos a la certificación convocados a los exámenes, tienen
derecho a pedir cambio de examinador comunicándolo al grupo
evaluador y justificando las causas concretas. El líder evaluador junto
con el gerente analizará la solicitud y, si ésta es justificada, el candidato
será reprogramado.
➢ El candidato a la certificación debe seguir en todo momento las normas
indicadas por el examinador durante el desarrollo de los exámenes
teóricos y prácticos, una vez finalizado el examen, el candidato debe
regresar la totalidad del material suministrado. En caso contrario y de
demostrarse conducta fraudulenta, podrán ser anuladas las pruebas.
➢ Si alguno de los candidatos utiliza durante la presentación de
exámenes material no autorizado, celulares, cámaras, videograbadoras
o se comunica con algún otro candidato o persona, con ánimo de
obtener información para el examen, éste será anulado. Esto implica
que no podrá aplicar nuevamente a ninguno de los cargos para los
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cuales CERTIFMAQ SAS evalúa competencias y tampoco excluye la
posibilidad de emprender acciones legales contra el candidato.
➢ Los candidatos a la certificación con dificultad en el idioma español,
podrán hacer uso de un diccionario.
➢ Los candidatos serán informados del resultado de la prueba de
evaluación a través de correo electrónico.
➢ Una vez conocida la calificación otorgada por el Líder evaluador, los
candidatos tienen derecho a revisar los exámenes teóricos y prácticos
en las instalaciones de CERTIFMAQ SAS. previa cita. Para
salvaguardar la confidencialidad del proceso, esta revisión deberá ser
presencial.
➢ Una vez conocida la calificación otorgada por el líder evaluador, los
candidatos tienen derecho a apelar la decisión del mismo, según lo
establecido en el procedimiento Quejas y Apelaciones.
➢ El candidato a la certif icación que haya presentado apelación
tiene derecho a ser informado vía correo electrónico de la decisión
tomada tras reunión del grupo evaluador. Tiene derecho a demás, a
ser informado de los motivos de la decisión tomada respecto a la
apelación. La decisión final del Comité de Certificación es inapelable.
➢ En caso de demostrarse conducta fraudulenta, el candidato
quedará excluido del examen y no podrá aplicar nuevamente a
ninguno de los cargos para los cuales CERTIFMAQ SAS evalúa
competencias, incluso si llegase a presentarse por intermedio de otra
compañía. Lo anterior no excluye la posibilidad de emprender acciones
legales contra el candidato, en caso de presentarse este evento.
➢ CERTIFMAQ SAS es el único propietario de los certificados expedidos
por él. En el caso que el titular del certificado actúe con imprudencia,
negligencia, haga mal uso de la certificación, se reciban quejas de que
ocasionó daños y perjuicios, se suspenda, se retire se renuncie a ella,
etc., el candidato estará en la obligación de devolver a CERTIFMAQ
SAS dicho certificado. Lo anterior no excluye la posibilidad, si el
certificado no es entregado, de emprender acciones legales contra el
titular.
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➢ Por seguridad y fidelidad al cliente, los originales y/o duplicados de
las certificaciones otorgadas se entregarán solamente a la(s)
persona(s) o empresa(s) que haya(n) solicitado ante CERTIFMAQ SAS.
el servicio del Proceso de Certificación.
5.4.3 CAMBIO DEL OBJETO DE LA CERTIFICACIÓN
La persona certificada que quiera modificar el objeto de la certificación obtenida
(por otra competencia) dentro de CERTIFMAQ SAS, deberá realizar el mismo
proceso como si fuera un nuevo otorgamiento de la certificación.
5.4.4 PRESENTACIÓN DE EXAMENES POR REPROBACIÓN
La presentación de exámenes por reprobación sólo aplica para los exámenes
teóricos y es posible siempre y cuando el candidato haya reprobado el primer
examen con un puntaje entre 70% y 84%, en este caso, el candidato cuenta con
un plazo no menor a 8 días y no mayor a 45 días calendario para presentarse a
un nuevo examen.
En caso de perder el examen nuevamente con valor inferior a 85%, el candidato
debe adelantar nuevamente el proceso de certificación con CERTIFMAQ SAS en
un plazo no menor a 15 días, a partir de la fecha de presentación del examen por
reprobación. Adicionalmente, debe correr con los gastos que ello implique y que
se estipulan en la cotización presentada. En caso de perder el examen práctico
(si aplica), el candidato no tendrá derecho a reprobación de la prueba práctica. Si
el candidato quisiere adelantar nuevamente el proceso de certificación con
CERTIFMAQ SAS deberá volver a presentar el proceso desde el inicio en un
tiempo no menor a un (1) mes calendario, contados a partir de la fecha de
presentación del examen práctico que reprobó. Adicionalmente, correr con los
gastos que ello implique y que se estipulan en la cotización.
5.4.5 OTORGAMIENTO, RENOVACIÓN, REDUCCION Y VALIDEZ DE LA
CERTIFICACIÓN
El OEC otorga certificados de la competencia con una vigencia de 1 año, la
vigilancia se hace cumplido este año, el operador, supervisor o aparejador debe
presentar nuevamente el proceso de certificación para renovar su certificación,
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cumpliendo una vez con todos los requisitos que exige el esquema de
certificación para el cual es candidato. El OEC tiene la facultad de hacer una
vigilancia en campo durante el tiempo de vigencia de los certificados,
observando, garantizando que se cumpla los lineamientos establecidos en el
código de conducta y ética profesional, el cual se le entregó a cada operador
certificado. En caso de una situación anormal, se tomará notación y se
registrará en la base de clientes de personal, para tomar medidas en el asunto.
Si el tema es crítico se decide dejar inactiva y suspender ó cancelar la
certificación de la persona previa reunión del comité de certificación y
comunicación al trabajador incidente en el caso. Las notas negativas y positivas
del operador se incluirán en el historial que tienen con el OEC.
En caso de que el candidato se presente a proceso de renovación de la
certificación, la validez de ésta será igualmente de un (1) año.
En el momento de la entrega de la certificación por CERTIFMAQ SAS a la
persona que cumplió con todos los requisitos, la persona debe leer, entender y
firma el código de conducta y ética profesional PS-F-39 comprometiéndose a
cumplir lo descrito en este documento.
En caso que la persona certificada desee conservar esta condición, transcurrido
el año de la certificación inicial deberá renovar su certificado a través de la
presentación de la Solicitud de Certificación además debe adjuntar los soportes
exigidos para la renovación.
Las condiciones de renovación aplican a los candidatos que anteriormente se
hayan certificado con CERTIFMAQ SAS y son iguales a las de una
certificación por primera vez, incluyendo cargo bajo el cual certifiquen sus
competencias, exámenes, niveles de aprobación, vigencia de certificación y
demás condiciones consignadas en este documento.
Cuando una persona certificada por otro organismo de certificación se presente
a CERTIFMAQ SAS y quiera mantener el alcance de la certificación actual
(equipo y/o capacidad), deberá realizar el proceso de solicitud de certificación
para aplicar al otorgamiento y además debe demostrar ante CERTIFMAQ SAS,
que cuenta con el equipo específico y cuenta con la habilidad de desempeño.
5.4.6 SUSPENSIÓN Y/O RETIRO DEL CERTIFICADO
El certificado podrá ser SUSPENDIDO por una de las siguientes causas:
a. Por solicitud escrita de la persona certificada.
REGLAS PARA LA CERTIFICACION
DE PERSONAS
Código: CTM-DE-RGL-001
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b. Por mora mayor a 60 días en el pago de los servicios de certificación
establecidos contractualmente o por no cumplir los acuerdos de pago.
c. Por no recibir las evaluaciones programadas dentro de los plazos
establecidos por el OEC.
d. Por alterar o cambiar el contenido del alcance del certificado o su vigencia.
e. Por utilización indebida del certificado.
La suspensión de la certificación implica la renuncia por parte de la persona
certificada a cualquier acción legal en
contra de CERTIFMAQ SAS. Así mismo la persona certificada no podrá seguir
utilizando el certificado para ningún fin a partir de la fecha en que le sea
notificada por escrito la suspensión del certificado. En caso que la persona
certificada siga utilizando el certificado, CERTIFMAQ SAS podrá iniciar las
acciones legales correspondientes y exigir a la Persona certificada el pago de
los derechos y compensaciones por uso indebido del certificado. El OEC
puede solicitar que se dé la difusión y publicidad que considere conveniente
acerca de la suspensión.
El estado de suspensión no debe superar los 90 días a partir de su inicio de
suspensión, si este plazo es superado se procede a la cancelación inmediata
de la certificación. Si el plazo definido para la suspensión rebasa la fecha de
vigencia del certificado, prevalecerá esta última.
Toda suspensión se levanta luego de comprobar mediante verificación y
monitoreo que se han subsanado las causas que la originaron a menos que la
suspensión sea por mora en el pago de facturas y esto no haya ocasionado la
suspensión en la realización de evaluación de renovación. La decisión de la
reactivación debe darse antes de los 90 días de plazo arriba mencionados. Si
es necesario y aplicable, La evaluación para levantamiento de suspensión
tendrán una duración equivalente a la de auditoria de renovación.
El Certificado podrá ser CANCELADO por una de las siguientes causas:
a. Por solicitud escrita de la persona certificada.
b. Por no subsanar dentro de los plazos establecidos las causales que dieron
origen a una suspensión de la certificación
REGLAS PARA LA CERTIFICACION
DE PERSONAS
Código: CTM-DE-RGL-001
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c. Por no reactivación dentro del período máximo de suspensión.
d. Por cualquier operación que implique un cambio en la naturaleza jurídica de
la persona certificada, que no haya sido notificada al OEC.
e. Por reincidencia en una sanción de suspensión del certificado.
f. Por mora mayor a noventa (90) días en el pago de los servicios de
Certificación establecidos contractualmente o por no cumplir los acuerdos de
pago.
g. Por utilización de un certificado suspendido
h. Por utilización del certificado para actos ilícitos.
i. Por presentar documentación falsa para obtener o mantener la certificación
j. Por incurrir en actividades que atenten contra la imagen del OEC o de las
actividades de certificación
La cancelación de la certificación implica la renuncia por parte de la Persona
Certificada a cualquier acción legal en contra de CERTIFMAQ SAS. En caso
de cancelación del Certificado, todos los derechos de uso del mismo cesan
inmediatamente, quedando obligada la persona certificada a suspender toda
publicidad relativa al mismo a partir de la fecha en que le sea notificada por
escrito la cancelación del certificado. En caso que la persona certificada siga
utilizando el certificado, CERTIFMAQ SAS podrá iniciar las acciones legales
correspondientes y exigir a la Organización el pago de los derechos y
compensaciones por uso indebido del certificado. La persona a quien se le
retire el certificado, deberá hacer entrega del (los) certificado(s) (carné)
original(es) a CERTIFMAQ SAS, de no ser así, se contempla la posibilidad de
emprender acciones legales contra el titular.
Ante el uso indebido de la certificación obtenida, será el Grupo evaluador
quien decida si se retira o no el certificado emitido. El retiro del certificado y las
causas del mismo serán notificados por escrito a la persona involucrada.
Toda persona a la cual se le retira su(s) certificado(s) tiene derecho a apelar
tal decisión ante el grupo evaluador.
El OEC puede solicitar que se dé la difusión y publicidad que considere
conveniente acerca de la cancelación.
REGLAS PARA LA CERTIFICACION
DE PERSONAS
Código: CTM-DE-RGL-001
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AMPLIACION, REDUCCION O MODIFICACION DE ALCANCE
Toda persona certificada que quiera modificar el alcance de la certificación
obtenida (ejemplo, cambio de equipo y/o capacidad) dentro de CERTIFMAQ
SAS., deberá realizar el mismo proceso como si fuera un otorgamiento o
renovación de la certificación.
La ampliación es definida con base en los resultados de las evaluaciones que
se realice.
La reducción al alcance es realizada por solicitud escrita de la persona
certificada o puede ser identificada y reportada por el OEC en el proceso de
vigilancia o en el proceso de renovación.
El proceso de reducción se puede dar por:
Reducción por pedido del Cliente:
Cuando se trate de una Reducción de la certificación (es) de la persona, esta
deberá manifestar y
solicitar por escrito el deseo de reducir el alcance de la Certificación otorgada,
indicando los procesos que se mantienen y los que se excluyen del alcance de
la Certificación.
La evaluación de la conformidad para el nuevo alcance, se podrá realizar en la
Auditoría de Renovación inmediata a la fecha de la solicitud de reducción.
b) Por decisión del OEC
Cuando se detectan serias fallas en la Auditoría de Renovación.
No pago de lo convenido.
6. ANEXOS
• PS-F-037 SOLICITUD DE CERTIFICACIÓN
• CTM-CT-001 CONTRATO DE CERTIFICACIÓN
• PS-F-039 CODIGO DE CONDUCTA Y ETICA PROFESIONAL