Post on 08-Dec-2015
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Autorización de Almacenamiento de Gasóleo
AUTORIZACIÓN DE INSTALACIONES DE
ALMACENAMIENTO DE GASÓLEO PARA SU
COMERCIALIZACIÓN.
Objeto Autorizar la construcción de instalaciones de
almacenamiento de gasóleo para su
comercialización a consumidores finales y
registrar los distribuidores autorizados.
Población a la que va dirigida Todas aquellas personas o entidades que
pretendan construir una instalación de este tipo.
Servicios - Aprobación del Proyecto de construcción.
- Autorización del acta de puesta en marcha.
- Autorización definitiva de funcionamiento.
- Inscripción en el Registro.
Documentación AUTORIZACIÓN PREVIA DE PROYECTO.
- Impreso oficial de autorización previa a retirar
en información, debidamente cumplimentado.
- Proyecto eléctrico y de almacenamiento de
combustible y conducciones, realizado por
técnico competente y visado por Colegio Oficial
correspondiente.
- Documento público de propiedad,
arrendamiento ó cesión de los terrenos donde se
ubica el almacenamiento.
- Licencia municipal de obras y autorización para
la realización de accesos desde la vía pública por
el órgano competente en materia de carreteras.
- Comunicación a la Dirección General de
Industria, Energía y Minas antes de enterrar los
tanques para la inspección de los cubetos o
distancias entre tanques.
ACTAS DE PUESTA EN MARCHA.
- Impreso de solicitud de inscripción en el
Registro Industrial a retirar en Información,
debidamente cumplimentados.
- Boletín y Fichas de instalación eléctrica,
expedidos por Instalador autorizado, así como
fotocopia del Certificado de la Calificación
Empresarial del mismo ( D.C.E. ).
- Certificado final de la Dirección de Obra, en
impreso del Colegio Oficial en el que se
especifique que la instalación eléctrica cumple
con el vigente Reglamento Electrotécnico de Baja
Tensión, y en, especial al Instrucción MI-BT026, y
que las diferentes instalaciones mecánicas
relacionadas con el suministro de combustibles
( depósitos, tuberías, etc. ), han siso ejecutadas
de conformidad con la normativa vigente.
- Fotocopia del certificado de fabricación y
primera prueba de presión de los tanques.
- Fotocopia del certificado de fabricación del
instalador de D.C.L.
- Acreditación de la Autorización de Transporte de
Mercancías Peligrosas ( T.P.C. ).
- Aprobación de modelo y verificación primitiva o
periódica del equipo de medida.
- Certificado expedido por un Organismo de
Control Autorizado ( OCA )en D.C.L., en el que se
justifique que la instalación cumple con la
normativa vigente y se ha realizado de acuerdo al
proyecto aprobado, incluyendo pruebas de
estanqueidad de depósitos y conducciones y
sellado de canalizaciones y medición de
atmósfera explosiva.
Dependencia jerárquica Servicio de Infraestructura Industrial de la
Dirección General de Industria, Energía y Minas
de la Consejería de Economía e Innovación
Tecnológica.