Post on 09-Jan-2016
description
Acuerdo 716
2014-20152014-2015
ACUERDO 716
Por el que se establecen los Lineamientos para la Constitucin, Organizacin yFuncionamiento de los Consejos de Participacin Social en la Educacin.
LOS CONSEJOS DE PARTICIPACIN SOCIAL EN LA EDUCACIN SON
INSTANCIAS DE:
Disposiciones Generales 1
Consulta Orientacin Colaboracin Informacin
Con el propsito de participar en actividades tendientes a fortalecer, ampliar la cobertura y elevar la calidad y la equidad en la educacin bsica
Apoyo
1 Artculo 2, del Acuerdo Secretarial 716 2
ACUERDO 716
ALGUNAS LNEAS DE PARTICIPACIN SOCIAL
De fomento y De opiniones y
De atencin a De desarrollo social,
Disposiciones Generales 1
motivacin a la Participacin Social
De opiniones y propuestas pedaggicas
necesidades de infraestructura
De desarrollo social, cultural y deportivo
De reconocimiento social a alumnos, maestros, directivos, empleados escolares y padres de
familia
De autonoma de gestin escolar
De seguimiento a la normalidad mnima y otras condiciones favorables al
funcionamiento educativo
De desarrollo de la cultura de la
transparencia y la rendicin de cuentas
1 Artculo 7, prrafo segundo del Acuerdo Secretarial 716 3
ACUERDO 716Aspectos Relevantes
CONSEJO NACIONAL
Mayor articulacin entre los diversosniveles de consejos (art. 8)
Empoderamiento de los padres de familia(artculos 13, fracc. IV; 15, 27, 30, 34)
CONSEJOS ESTATALES
CONSEJOS MUNICIPALES
CONSEJOS ESCOLARES
Estructuras ms giles a partir de reducir lacantidad de integrantes (artculos 13, 26,30)
Precisin en sus funciones (artculos 18,28, 32 y 33)
Se determina un registro pblico generalpara todos los Consejos de Participacin(artculos 43 a 46)
4
DEL CONSEJO DE PARTICIPACIN SOCIAL
EL CONSEJO ESCOLAR DE PARTICIPACIN SOCIAL:
Conocer el calendario escolar,las metas educativas y elavance de las actividades
Conocer y dar seguimiento delas acciones que realicen las y loseducadores y autoridades
Tomar nota de los resultadosde las evaluaciones que realicen
avance de las actividadesescolares.
Propiciar la colaboracin demaestros y padres de familia.
Vigilar el cumplimiento de lanormatividad que en materiade alimentos expida laautoridad competente.
educadores y autoridadeseducativas.
Estimular, promover yapoyar actividadesextraescolares que completen yrespalden la formacin de loseducandos.
Fomentar el respeto entre losmiembros de la comunidadeducativa con especial nfasisen evitar conductas y agresinentre los alumnos.
de las evaluaciones que realicenlas autoridades educativas.
Alentar el inters familiar ycomunitario por el desempeodel educando; respaldar laslabores cotidianas de la escuela.
Apoyar el funcionamiento delConsejo Tcnico Escolar y elcumplimiento de la normalidadmnima en el funcionamientodel centro escolar. 5
ORGANIZACIN DE LOS CONSEJOS ESCOLARES DE PARTICIPACINSOCIAL
Los Consejos Escolares de Participacin Social estarn integrados porlas siguientes figuras (art. 35):
Un Presidente que debe ser un padre o madre de familia que tengaal menos un hijo inscrito en la escuelaal menos un hijo inscrito en la escuela
Un Secretario Tcnico, optativo para las escuelas con ms de tresgrupos
Consejeros
6
FUNCIONES DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO ESCOLAR DE PARTICIPACIN SOCIAL EN LA EDUCACIN: Convocar a las sesiones del Consejo Escolar de Participacin Social y asambleas de la comunidad educativa
(art. 38).
Emitir voto de calidad en los casos en los que haya empate en la votacin de acuerdos (art. 38).
Levantar el acta constitutiva del Consejo e inscribirla en el Registro Pblico de Consejos de ParticipacinSocial en la Educacin (art. 37).
En el caso de que el Consejo Escolar de Participacin Social maneje recursos econmicos, abrir una cuenta En el caso de que el Consejo Escolar de Participacin Social maneje recursos econmicos, abrir una cuentabancaria en aquellas comunidades donde sea posible (art. 37). La administracin de los recursos de dichacuenta, la realizarn mancomunadamente el Presidente del Consejo Escolar de Participacin Social y eldirector o equivalente del plantel (art. 41).
Rendir cuentas a la comunidad cada tres meses sobre el origen y destino de los recursos de que dispongael Consejo Escolar de Participacin Social (art. 41).
Inscribir la informacin de las asambleas y sesiones en el Registro Pblico de Consejos de ParticipacinSocial en la Educacin, en un plazo no mayor a un mes despus de realizada la sesin o asamblea (art. 44).
Autorizar , por escrito y de manera conjunta con el director de la escuela o su equivalente, los gastos dela escuela que se realicen con los recursos pblicos, federales estatales o municipales, o los provenientesde las aportaciones voluntarias de los padres de familia y dems integrantes de la comunidad (art. 41). 7
FUNCIONES DEL SECRETARIO TCNICO DEL CONSEJO ESCOLAR (EN CASO DE QUE DE DESIGNE):
Proponer al presidente del Consejo Escolar de Participacin Social, las convocatorias paralas sesiones del Consejo Escolar (art. 21).
Convocar y coordinar las sesiones del Consejo Escolar de Participacin Social (art. 21 y38).
Registrar los acuerdos del Consejo Escolar de Participacin Social (art. 21). Registrar los acuerdos del Consejo Escolar de Participacin Social (art. 21).
Auxiliar al Presidente del Consejo Escolar de Participacin Social para el buenfuncionamiento del Consejo (art. 21).
Dar seguimiento a las actividades del Consejo Escolar de Participacin Social (art. 21).
Levantar el acta constitutiva del Consejo Escolar de Participacin Social e inscribirla en elRegistro Pblico de Consejos de Participacin Social en la Educacin (art. 37).
Inscribir la informacin de las asambleas y sesiones en el Registro Pblico de Consejos deParticipacin Social en la Educacin, en un plazo no mayor a un mes despus de realizadala sesin o asambleas (art. 44). 8
PARTICIPACIN DEL DIRECTOR DEL PLANTEL CON CONSEJO ESCOLAR DE PARTICIPACIN SOCIAL:
Como en todas las actividades de la vida escolar, el liderazgo del director, o su equivalente,es fundamental para propiciar las condiciones de participacin para que alumnos, maestros ypadres de familia se involucren en la resolucin de los retos que cada escuela enfrenta (Art.68 bis de la Ley General de Educacin).
De acuerdo con las disposiciones del Acuerdo Secretarial 716, sus funciones especficas en elseno del Consejo Escolar, son:seno del Consejo Escolar, son:
Expedir las acreditaciones de los padres de familia que deseen ser integrantes de losConsejos de Participacin Social Estatales o Municipales, cuentan con un hijoinscrito en una escuela pblica de educacin bsica de la misma jurisdiccin en elciclo escolar de que se trate (art. 27 y 30) y, en el caso de los Consejos Escolares deParticipacin Social, debe acreditar la inscripcin de un hijo en el plantel escolar deque se trate (art. 35).
Dar a conocer al Consejo Escolar de Participacin Social la planeacin y elcalendario escolar y, en su caso, las recomendaciones del Consejo Tcnico para elcumplimiento del programa (art. 39). 9
PARTICIPACIN DEL DIRECTOR DEL PLANTEL CON CONSEJO ESCOLAR DE PARTICIPACIN SOCIAL:
En el caso de que el Consejo Escolar de Participacin Social maneje recursos econmicos,abrir y administrar conjuntamente con el Presidente del Consejo una cuenta bancariaespecfica en aquellas comunidades donde sea posible (arts. 37 y 41).
Rendir cuentas a la comunidad cada tres meses sobre el origen y destino de los recursosde que disponga el Consejo Escolar de Participacin Social (art. 41).
Autorizar, por escrito y de manera conjunta con el Presidente del Consejo Escolar deParticipacin Social, los gastos de la escuela que se realicen con los recursos pblicos,federales estatales o municipales, o los provenientes de las aportaciones voluntarias delos padres de familia y dems integrantes de la comunidad (art. 41).
Rendir ante la comunidad un informe de sus actividades y rendicin de cuentas, sobre lasgestiones realizadas y los recursos obtenidos y erogados. Este informe lo rendir a laconclusin del ciclo escolar (art. 42).
Requerir a la Asociacin de Padres de Familia, en su caso, o equivalente, que informe a lacomunidad escolar el uso que dio a los recursos que hubiere recabado (art. 42). 10
AGENDA DE ASAMBLEAS Y SESIONES DEL CONSEJO ESCOLAR DE PARTICIPACIN SOCIAL
AGOSTO* SEPTIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE- JUNIO
JULIO1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4
1
A
s
a
m
b
l
e
a
C
o
n
s
t
i
t
u
c
i
n
d
e
l
C
o
n
s
e
j
o
P
l
a
n
e
a
c
i
n
S
e
g
u
i
m
i
e
n
t
o
A
s
a
m
b
l
e
a
:
I
n
f
o
r
m
e
d
e
t
r
a
n
s
p
a
r
e
n
c
i
a
1
A
s
a
m
b
l
e
a
C
o
n
s
t
i
t
u
c
i
n
d
e
l
C
o
n
s
e
j
o
1
S
e
s
i
n
:
P
l
a
n
e
a
c
i
n
2
S
e
s
i
n
:
S
e
g
u
i
m
i
e
n
t
o
2
A
s
a
m
b
l
e
a
I
n
f
o
r
m
e
d
e
t
r
a
n
s
p
a
r
e
n
c
i
a
Sesiones o asambleas extraordinarias
*Semanas de Instalacin y operacin del Ciclo escolar 2014-2015 11
Propiciar la colaboracin de
directivos, maestros, madres y padres de familia, as como de los
dems miembros de la comunidad.
Tomar nota de los resultados de las evaluaciones que
realicen las autoridades educativas.
CONTRIBUCIN DEL CONSEJO ESCOLAR DE PARTICIPACIN SOCIAL AL FORTALECIMIENTO DE LA AUTONOMA DE LA GESTIN ESCOLAR
Estimular, promover y apoyar
actividades extraescolares que complementen y respalden la
formacin de los educandos
CONSEJO ESCOLAR
Vigilar el cumplimiento de la
normalidad mnima en el
funcionamiento del centro escolar.
Proponer estmulos y reconocimientos de carcter social a
alumnos, maestros, directivos y
empleados de la escuela
12
APORTACIONES DEL CONSEJO ESCOLAR DE PARTICIPACIN SOCIAL A LA AUTONOMA DE GESTIN ESCOLAR Son un apoyo para el logro del propsito fundamental de la educacin bsica: fomentar la calidad
educativa.
Promueven que los diversos miembros de la comunidad colaboren en acciones orientadas a la mejora deldesempeo de la escuela.
Favorecen el sentido colectivo de la toma de decisiones y la puesta en marcha de acciones y estrategias afavor de la comunidad escolar.
Promueven, en beneficio de la escuela, la corresponsabilidad de los actores que integran la comunidadescolar:
Madres, padres y otros familiares
Docentes, directivos y personal de apoyo escolar
Alumnos
Organizan la participacin de otros actores y miembros de la comunidad de la escuela en acciones deprevencin y atencin de situaciones de riesgo.
Refuerzan los procesos de rendicin de cuentas y evaluacin continua con la participacin en laplaneacin de acciones, la administracin de recursos y presentacin de informes a la comunidad escolar. 13
CONSTITUCIN
La reforma a los Artculos 3 y 73 Constitucionales, del 7 de febrero de2013, en su transitorio Quinto Fraccin III, seala que se deben haceradecuaciones al marco jurdico para:
a) Fortalecer la autonoma de gestin de las escuelas ante los rdenesde gobierno que corresponda con el objetivo de mejorar sude gobierno que corresponda con el objetivo de mejorar suinfraestructura, comprar materiales educativos, resolver problemas deoperacin bsicos y propiciar condiciones de participacin
El ejecutivo federal deber instrumentar esta medida en un plazo de 180das naturales. Publicados en DOF: 7 de marzo de 2014
14
Acuerdo 717
2014-20152014-2015
ACUERDO SECRETARIAL 717
El 7 de marzo de 2014, el C. Secretario de EducacinPblica Lic. Emilio Chuayffet Chemor, publica en el DiarioOficial de la Federacin el Acuerdo 717 por el que seemiten los Lineamientos para formular los Programas deGestin Escolar.Gestin Escolar.
Este Acuerdo sienta las bases para que las escuelas deeducacin bsica se centren en el aprendizaje de susalumnos y no en la atencin de carencias, demandas oprogramas que las desvan del cumplimiento de suspropsitos.
16
ACUERDO SECRETARIAL 717
El acuerdo 717, es un apoyo para que en todas las escuelas de educacinbsica del pas, concentren sus esfuerzos en lograr:
Normalidad Mnima escolar
Aprendizajes relevantes y duraderos
Conclusin oportuna de la educacin bsica
Clima escolar de convivencia sana y pacfica
Un aliado esencial para que las escuelas no se desven y alcancen este propsito ser el Consejo Escolar de Participacin Social
17
ACUERDO SECRETARIAL 717
No involucrar a la escuela en programas o iniciativas pblicas, sociales oprivadas que la distraigan y desven del cumplimiento de sus objetivoseducativos. Se regulan los concursos, convocatorias, programas y acciones quellegan de manera desarticulada a las escuelas, en cualquier momento del cicloescolar y que interrumpen sus planes de mejora
Informar con toda anticipacin a la escuela de los programas de gestin Informar con toda anticipacin a la escuela de los programas de gestinautorizados. Antes del inicio de cada ciclo escolar, la autoridad debe notificar alos centros escolares los programas disponibles. Una vez iniciado el ciclo, nopodrn hacerse llegar nuevos programas o iniciativas. Es muy importante quelos Consejos conozcan los propsitos, compromisos y recursos que seadquieren con los programas que operarn en las escuelas.
Orientar y brindar apoyos para que cada escuela, en su contexto particular,elabore y desarrolle una Ruta de Mejora continua enfocada en el logro deresultados educativos 18
ACUERDO SECRETARIAL 717
Garantizar la administracin transparente y eficaz delos recursos financieros que reciban las escuelas.Donde el Consejo Escolar ser un aliado del Director ydel Consejo Tcnico Escolar, velando por la mejoracontinua de la calidad del servicio educativo.
Involucrar a las comunidades escolares en la toma de Involucrar a las comunidades escolares en la toma dedecisiones en favor de los alumnos y generarcompromisos con los Padres de Familia para que laescuela se concentre en sus objetivos centrales
19
ACUERDO SECRETARIAL 717
La escuela es elcentro del sistemaeducativo. ste sirvea la escuela y lea la escuela y lebrinda los apoyosnecesarios para elcumplimiento de sumisin
20
COORDINACIN EJECUTIVA DEL CONSEJO ESTATAL DE PARTICIPACIN SOCIAL EN LA EDUCACIN
Profa. Alicia Gonzlez RomeroCoordinadora Ejecutiva.
(228) 812 79 53
Priv. Piedra Azul # 19, Fracc. Pedregal de las nimasXalapa, Veracruz.
http://www.ceconepase.org
21