Post on 28-Dec-2015
ACTA DE CONSTITUCIÓN
En la calle Cuzco Nº 229, del Distrito y Provincia de Chepén, siendo las siete de la
noche del día seis de Mayo del año dos mil uno, se reunieron las siguientes personas:
ALEX COLBERT CHANG BRIONES, LUIS MERCEDES GARCIA CHÁVEZ,
ENRIQUE MANUEL QUESQUÉN PAUCAR, ABRAHAM RAFAEL JAVIER
FLORES, JORGE JIETO PAREDES y JAVIER WILMER MALCA
QUESQUEN, todos personas comprometidas con la realidad actual que atraviesa
nuestro país, y sobre todo nuestra Región, quienes conociendo de la problemática sobre
la pobreza, salud, economía, el agro y la educación, sobre todo en las zonas rurales y
sectores marginales, conviven en realizar la presente Asamblea , a fin de ver lo
referente a la Constitución de una agrupación que permita de alguna manera prevenir
y/o solucionar estos problemas que agobian a la población. ====================
El señor Alex Chang Briones expuso a la sala la necesidad de formalizar nuestra
agrupación como una Asociación Civil, pues a través de esta forma jurídica se puede
lograr ayudar a la población en forma integral, ya sea de manera directa o mediante el
apoyo de personas naturales , jurídicas, entidades públicas o privadas, nacionales o
internacionales. ===================================================
Don Luis García Chávez, fue de la misma idea, ratificando la moción y alentándose a la
organización de la Asociación. Puestas a debate las opiniones antes vertidas, la sala en
pleno acordó constituir legalmente la Asociación Civil que llevará por nombre
ORGANIZACIÓN DE LÍDERES PARA EL DESARROLLO DEL NORTE
(OLIDEN). =====================================================
Luego, a efecto de tener personería jurídica, se nombró una comisión para que elabore
el proyecto del estatuto, la misma que recayó en las personas de:
Alex Chang Briones y Javier Malca Quesquén. =============================
Igualmente se acordó celebrar una Asamblea extraordinaria especialmente para la
aprobación del estatuto y elección del Consejo Directivo, la misma que se llevará a cabo
el día 12 de Junio del presente año, a horas 7:00 am. =========================
No habiendo otro punto que tratar se dio por finalizado el acto, siendo las 8:45 de la
noche, pasando a suscribir todos los asistentes en señal de conformidad. ===========
ACTA DE APROBACIÓN DE ESTATUTOS Y DE
ELECCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO
A los doce días del mes de Junio del año dos mil uno, siendo las 7:15 de la noche, en la
calle Cuzco Nº 229, del Distrito y Provincia de Chepén, se reunieron los miembros de la
Asociación Civil “Organización De Líderes Para El Desarrollo Del Norte”, señores:
ALEX COLBERT CHANG BRIONES, LUIS MERCEDES GARCIA CHÁVEZ,
ENRIQUE MANUEL QUESQUÉN PAUCAR, ABRAHAM RAFAEL JAVIER
FLORES, JORGE JIETO PAREDES y JAVIER MALCA QUESQUEN, con el
objeto de ver lo referente a la aprobación de estatutos de la Institución y de la Elección
del Consejo Directivo. ==============================================
El señor Alex Chang Briones, expresó a los asistentes, que en la reunión anterior se
habría nombrado una comisión para que elabore el estatuto social, la misma que había
recaído en las personas de el mismo, y de Javier Malca Quesquén. Asimismo que ha
sido repartido entre todos los asistentes, a fin de que estudien y analicen para que tengan
propuestas de modificación o de aprobación. ==============================
Luego se solicitó a todos los presentes que hagan un alcance de las modificaciones que
estimen necesarias, a fin de no haya posteriores inconvenientes, respecto del articulado.
Posteriormente se nombró a don Enrique Quesquén Paucar; para que lea en forma clara
y pormenorizada el estatuto; quien efectivamente leyó artículo por artículo, hasta el
final, deteniéndose por momentos para la aprobación del mismo. ================
Luego de las correcciones del caso, el estatuto social de La Asociación quedó redactado
de la siguiente manera. ==============================================
ESTATUTOS DE LA INSTITUCIÓN
TITULO I
DE LA DENOMINACION, AMBITO, DURACION Y DOMICILIO ==========
Art. 1º Con el nombre de “ORGANIZACIÓN DE LIDERES PARA EL
DESARROLLO DEL NORTE”, se constituye la Asociación Civil sin fines de lucro,
organizados para la prevención y solución a los diversos problemas que agobian la
Región La Libertad, con proyección a todo el país. ==========================
El ámbito de la Asociación será en primer orden las zonas rurales- marginales de la
Región La Libertad, así como los pueblos jóvenes, Asentamiento Humanos, etc,
pudiendo proyectarse a nivel nacional. ===================================
Art. 2º La Asociación, tendrá una duración indefinida, iniciando sus actividades legales
a partir de su inscripción en el libro de personas jurídicas de Chepén. =============
Art. 3º La Asociación que mediante estos estatutos se constituye, fija su domicilio en la
calle Cuzco Nº 229 del distrito y provincia de Chepen, Región La Libertad. ========
TITULO II
DE LOS FINES DE LA ASOCIACION ================================
Art. 4º La Asociación que se rige por estos Estatutos y las normas legales
complementarias, promueve la defensa, prevención y solución de los problemas de
salud y hambre del agro, educación, saneamiento ambiental, y todo lo que concierne a
mejorar el nivel de vida de la población. =================================
La Asociación no tiene fines lucrativos y es independiente:
Uno sector salud y hambre: =========================================
a) Integrar a todas las personas sin discriminación alguna, para lograr una acción
mancomunada de prevención de la salud. ===========================
b) Fomentar la ayuda mutua entre los más necesitados para gestionar mejoras
económicas y velar por los intereses y derechos de ellos, que les permitan un
mejor nivel de vida. ==========================================
c) Fomentar, crear y realizar Talleres de Capacitación y/o actividades económicas,
a fin de que las personas puedan solventar sus gastos urgentes de manera
independiente. ==============================================
d) Realizar gestiones de todo tipo conducentes a obtener la ayuda estatal o de
organismos nacionales o extranjeros que permitan contribuir a la defensa y
prevención de enfermedades en general y en especial a los pacientes infectados
con SIDA. =================================================
e) Promover un Fondo de Asistencia Social para las personas necesitadas. Así
como mantener un Stock de personas necesitadas, así como mantener un Stock
de medicamentos para aliviar enfermedades, en especial el SIDA. ==========
f) Recopilar y mantener actualizada la información acerca de enfermedades en
general. ===================================================
g) Establecer y mantener relaciones con instituciones similares, nacionales o
internacionales. =============================================
h) Organizar y realizar jornadas de capacitación y eventos de prevención de
enfermedades, donde participen la niñez, juventud y la familia en general. ====
i) Crear Centros de Salud, Postas Médicas y/o lugares de atención de primeros
auxilios, ya sea en la ciudad, pueblos jóvenes, asentamientos humanos, zonas
rurales y marginales. ==========================================
2.- SECTOR AGRICULTURA:
a. Integrar a los agricultores en general, Fomentando acuerdos armónicos sobre el
desarrollo agrícola de la Región, dentro de un marco estrictamente gremial. ===
b. Fomentar en lo posible la ayuda mutua entre sus miembros para gestionar
mejoras económicas y velar por los intereses y derechos de sus asociados. ====
c. Desarrollar programas de fomento, investigación, normatividad, y otros que
tengan directa relación con la actividad económica de los pequeños agricultores
de la Región. ===============================================
d. Prestar servicios a sus asociados, brindándoles apoyo en asuntos técnicos-
comerciales, administrativos y otros. ===============================
e. Realizar gestiones conducentes a obtener ayuda estatal o de organismos
nacionales o extranjeros que permitan mejorar la realidad de la producción
agrícola de la región, así como solicitar créditos ante entidades financieras,
bancarias, nacionales o internacionales, sean personas naturales y/o jurídicas
para mejorar la producción y productividad agro industrial. ===============
f. Promover el desarrollo agropecuario a través de la formulación de proyectos de
inversión, los cuales serán canalizados al sector privado o público ya sea
nacional o internacional. =======================================
g. Canalizar recursos de instituciones o entidades públicas y/o privadas, nacionales
o internacionales, con el fin de promover y fomentar la agricultura, ganadería
micro y pequeña empresa rural, así como también a trabajadores del sector
agrario. ===================================================
3.- SANEAMIENTO AMBIENTAL ==================================
a) Promover la defensa de la ecología como una forma de preservar la naturaleza. =
b) Orientar a la población, respecto de la conservación de los árboles y plantas en
general. ===================================================
c) Realizar campañas a nivel estudiantil, a fin de concientizar a los niños y jóvenes
de la importancia del medio ambiente y su prevención por parte de todos. =====
4.-EDUCACION:
a) Brindar servicios educativos sin fines de lucro a los más necesitados para
formar técnicos calificados que además tengan sólida preparación científica,
cultural, y humanista. ========================================
b) Crear centros educativos particulares de educación inicial, primaria y
secundaria, institutos y escuelas superiores, tecnológicas, pedagógicas,
especialmente para las personas de bajos recursos económicos. ===========
c) Suscribir convenios con otras asociaciones y/o fundaciones, universidades que
permitan capacitar, perfeccionar y especializar a las personas en las diferentes
áreas educativas, productivas y de servicios. ========================
d) Realizar campañas de alfabetización. =============================
e) Apoyar a los niños de condición humilde, con útiles escolares, uniformes,
alimentación, entre otras cosas ==================================
f) Elaboración, distribución de textos, libros, folletos, revistas, etc de índole
educativos y de nivel cultural y moral. ============================
DE LOS BIENES QUE INTEGRAN EL PATRIMONIO SOCIAL
Art. 5º Formaran parte del Patrimonio de la Asociación los bienes que se obtengan a
partir de su constitución tales como: ====================================
a) Cuotas de ingresos de los asociados. ===============================
b) Cuotas ordinarias y extraordinarias aprobadas por asamblea general. ========
c) Las donaciones que reciba de entidades y personas privadas o públicas,
extranjeras o nacionales que contribuyan financieramente en la consecución de
fines institucionales. ==========================================
d) Los ingresos provenientes de las actividades realizadas por la asociación así,
como los intereses en entidades bancarias, financieras o de crédito. =========
e) Los bienes muebles, inmuebles, enseres adquiridos o los que se adquieren en el
futuro. ====================================================
Art. 6º Los fondos recaudados serán empleados en la adquisición de medicamentos,
enseres, equipos, y lo que fuese necesario para la consecución de las metas propuestas.
Así mismo las donaciones y subvenciones permitirán la adquisición de locales e
infraestructura de postas médicas, centros de salud, centros educativos, etc. En
cumplimiento de los fines y objetivos de la asociación. =======================
TITULO IV
DE LOS ORGANOS DE LA ASOCIACION
Art. 7º Son órganos de dirección y gobierno de la asociación.- LA ASAMBLEA
GENERAL y el CONCEJO DIRECTIVO. ================================
Art. 8º La Asamblea general es la máxima autoridad y está constituida por todos sus
asociados quienes están obligados al cumplimiento de sus acuerdos y se reunirán una
vez al año en sesión ordinaria en el mes de marzo. También podrá reunirse en cualquier
fecha en asamblea general extraordinaria. ================================
Y cuantas veces sea necesario a solicitud del Consejo directivo o a solicitud escrita o
verbal de la cuarta parte de sus miembros. ================================
Art 9º.- Son atribuciones de la Asamblea General ordinaria: ===================
a) Conocer y debatir, aprobar o desaprobar los informes, planes de
trabajo que presente el Consejo directivo así como las
comisiones nombradas por encargo ====================
b) Elegir a los miembros del Consejo directivo =============
c) Evaluar la marcha administrativa y económica de la asociación.
d) Aprobar y observar el balance anual, el estado de ganancias y
pérdidas y la memoria anual del Consejo directivo. ========
Art. 10º.- Son atribuciones de la Asamblea General extraordinaria: ==============
a) Resolvería cortar la modificación de los estatutos, así como sobre su disolución
y demás asuntos que no sean competencia del Consejo directivo. ===========
b) Autorizar las operaciones financieras de crédito de sumas mayores a las
posibilidades del presupuesto anual de la asociación, para inversiones que
incrementen el patrimonio de la misma. ============================
c) Conocer y resolver en última instancia las reconsideraciones planteadas por los
asociados sancionados por el Consejo directivo. =======================
d) Aprobar los reglamentos internos propuesto por el Consejo directivo. =======
e) Aprobar la adquisición, venta y o grabar los inmuebles de la asociación. ======
f) Destituir si se estima necesario, a los miembros del Consejo directivo. =======
g) Resolver las posibles dudas de interpretación de los estatutos y sobre los asuntos
no previstos en el. ============================================
Art. 11º.- El quórum reglamentario para Asamblea General será de la mitad +1 de los
asociados en primera convocatoria y por los asociados asistentes en segunda
convocatoria. ====================================================
Art. 12º.- Los acuerdos adoptados en cualquiera de los casos son legales e indiscutibles,
quedando sometidos a los mismos rusos los que no han participado en la asamblea. Los
acuerdos se adoptan por mayoría simple de votos, el Presidente tendrá voto dirimente en
caso de empate. ===================================================
Art. 13º Para la modificación del estatuto para disolver la asociación, se refiere en
primera convocatoria la asistencia de más de la mitad de los asociados. Los acuerdos
adoptan con el voto de más de la mitad de los miembros concurrentes. En segunda
convocatoria los acuerdos adoptan con los asociados que asistan y refleja el fenómeno
de la décima parte. ================================================
Art. 14º.- la Asamblea General ordinaria y extraordinaria sólo podrán contemplar los
asuntos que contengan la agenda al hacer la convocatoria. =====================
Art. 15º.- Los acuerdos de asamblea general, podrán ser reconsiderados en reciente
asamblea a solicitud del 50% de sus miembros. ============================
Art. 16º.- La convocatoria Asamblea General contendrá el día, hora, lugar y agenda a
tratar. Para la situación Asamblea General, se podrá hacer mediante esquila con cargo
firmado, y en los casos previstos en el inciso A del artículo 10º se hará por escrito y
además por medio de publicaciones en el diario oficial de la localidad, con anticipación
no menor de ocho días para asambleas ordinarias y de tres días para asambleas
extraordinarias. ===================================================
Art. 17º.- La Asamblea General es convocada por el presidente del consejo directivo de
la asociación, en los casos previstos en el estatuto, cuando lo fue de dicho consejo
directivo o cuando lo soliciten o menos de la cuarta parte de los asociados. =========
Si la solicitud de estos no es atendida dentro de los quince días de haber sido
presentada, fue denegada, la convocatoria es hecha por el juez de primera instancia del
domicilio de la asociación a solicitud de los mismos asociados. =================
Art. 18º.- Los asociados pueden ser representados en la asamblea general, por otra
persona, se ha asociado no. La representación se otorga por escritura pública. También
puede conferirse por medio de carta poder sólo para cada asamblea. ==============
TITULO V
DEL CONSEJO DIRECTIVO
ART. 19º.- El consejo directivo estará conformado por: ======================
a) Presidente =================================================
b) Vicepresidente ==============================================
c) Secretario =================================================
d) Tesorero ==================================================
e) Secretario de organización ======================================
f) Secretario de imagen institucional ================================
Art. 20º.- El Consejo directivo se reunirá en sesión ordinaria una vez al mes, y cuantas
veces sea necesario en sesión extraordinaria, de acuerdo al interés de la institución. La
citación la efectuará el presidente con dos días de anticipación, salvo casos de extrema
urgencia. =======================================================
Art. 21º.- El quórum fijado para las reuniones del Consejo directivo será de cinco
miembros. Los acuerdos se adoptan por mayoría simple de votos, el Presidente tendrá
voto dirimente en caso de empate. ======================================
Art. 22º.- Son atribuciones del Consejo Directivo: ==========================
a) Dirigir la marcha administrativa y económica de la asociación, en cumplimiento
del plan anual de actividades y el presupuesto aprobado por la Asamblea
General. ===================================================
b) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos que emanen de la Asamblea General y las
disposiciones de los estatutos y su reglamento interno. ==================
c) Formular reglamentos internos de la asociación y proponerlos en Asamblea
General para su aprobación. =====================================
d) Efectuar operaciones de crédito o autofinanciación es con acuerdo de asamblea
general. ===================================================
e) Proponer el presupuesto anual de la asociación presentado por el presidente y
tesorero ante la Asamblea General para su aprobación. ==================
f) Solicitar a la Asamblea General autorización para la ampliación del presupuesto
anual o para otros gastos extraordinarios. ===========================
g) Tramitar las solicitudes de ingreso de nuevos asociados siendo su competencia
admitirlos o rechazarlos. =======================================
h) Dirigir todos los asuntos administrativos económicos y sociales de la asociación.
i) Adquirir muebles y enseres de todo tipo que se requiera para el normal
desarrollo y funcionamiento de los servicios, sujetándose al presupuesto
aprobado. ==================================================
j) Designar comisiones por delegados para determinados actos y funciones de la
asociación. =================================================
k) Sancionar en primera instancia a los asociados que haya incurrido en falta de
acuerdo al título de sanciones. ===================================
l) Conocer y resolver los asuntos que le sometan los asociados para el mejor
desempeño de los fines de la asociación. ============================
m) Resolver sobre la contratación y despido del personal rentado de la asociación de
acuerdo a las leyes laborales. ====================================
n) Entregar los bienes, cuentas, dinero y acervo documentario al Consejo directivo
entrante. ==================================================
Art. 23º.- El Consejo directivo será elegido por un periodo de dos años pudiendo
cualquier miembro que no conforme cierre elegido por un periodo más. ===========
Art. 24º.- El presidente es el representante legal de la asociación y tiene las siguientes
atribuciones: =====================================================
a) Presidir toda sesión, ya sea de consejo directivo o Asamblea General. =======
b) Convocar a Asamblea General ordinaria y o extraordinaria. ===============
c) Representar a la asociación en todos sus actos, y es el encargado de controlar y
dirigir la buena marcha económica social y administrativa de la institución,
dando cuenta al Consejo directivo. ================================
d) Velar por el cumplimiento de los estatutos, acuerdos del Consejo directivo y de
la Asamblea General. =========================================
e) Representar a la asociación en asuntos que tengan relación directa con sus
miembros ante las entidades competentes. ===========================
f) Es el encargado de suscribir conjuntamente con el secretario toda la
documentación oficial de la asociación y las actas de asamblea general y
Consejo directivo, así como conjuntamente con el tesorero toda obligación o
documentación económica de pago, como cheques, avales, pagarés, etc., todo
tipo de actos y contratos referente al aspecto económico de la institución,
pudiendo inclusive aperturar o cerrar cuentas corrientes, libretas de ahorro a
plazo fijo, etc., depositando retirando dinero de acuerdo al interés de la
asociación. =================================================
g) Presentar su programa de actividades para el ejercicio de su periodo cuidando su
desarrollo y cumplimiento así como al final de cada ejercicio presentar su
memoria anual. ==============================================
h) Usar el voto dirimente en toda votación en que se hubiera producido empate. ==
i) Velar por el desarrollo de la Asamblea General sometiendo a deliberaciones, las
peticiones de los asociados, ilustrando sobre los temas y puntos de discusión de
las mismas. ================================================
j) Presentar a consideración de la Asamblea General la memoria anual. ========
Art. 25º.- EL VICEPRESIDENTE reemplazará al presidente en caso de ausencia
temporal, licencia o impedimento, con las mismas atribuciones y responsabilidades de
éste, su mandato se extenderá por todo el período que le deba corresponder a su titular.
Art. 26º.- EL SECRETARIO, lleva a cargo toda la documentación perteneciente a la
asociación, tales como: =============================================
a) Llevar el libro de actas, expedientes de ingreso, copias de oficios dirigidos y
recibidos, etc. ===============================================
b) Redactar las actas de sesiones de Asamblea General y secciones de consejo
directivo, así como las demás comunicaciones en general. ================
c) Llevar el registro de asociados. ==================================
d) Firmar el, conjuntamente con el presidente, todas las comunicaciones oficiales
de instrumento público referentes a la asociación. =====================
e) Comunicar al tesorero sobre el ingreso de nuevos asociados. ==============
f) Recepcionar los recursos de reconsideración de los asociados sancionados para
dar cuenta a la Asamblea General. ================================
Art. 27º.- EL TESORERO, tiene las siguientes atribuciones: ==================
a) Controlar bajo su responsabilidad el cobro de las cotizaciones de los asociados y
cuotas extraordinarias. =========================================
b) Revisar y poner al día el libro de caja. ==============================
c) Fomentar y conservar todo lo referente al patrimonio de la asociación. =======
d) Llevar el libro de inventario, donde serán clasificados y valorizados todos los
bienes de la institución. ========================================
e) Formular y presentar el proyecto de presupuesto, programa anual y el balance
general. ===================================================
f) Es el encargado de suscribir conjuntamente con el presidente toda obligación o
documentación económica de pago, a que se refiere el artículo 25 inciso F de los
estatutos. ==================================================
Art. 28º EL SECRETARIO DE LA ORGANIZACIÓN coordinada con los demás
miembros del Consejo para que la institución cumpla con sus fines y objetivos, además
se encargará de verificar el normal desenvolvimiento del Consejo directivo, con cargo
de dar cuenta en asamblea general. =====================================
Art. 29º.- El secretario de imagen institucional velará por la buena imagen de la actitud
se encargará de difundir y exteriorizar los fines de la misma, ya sea mediante
conferencia de prensa, o mediante cualquier medio informativo. =================
Además realizará eventos culturales, sociales, artísticos, seminarios, talleres, o de
cualquier índole, donde la asociación tenga plena participación. =================
Art. 30º.- El fiscal es el encargado que las reuniones se celebren en el más completo
orden, y velará para que se dé fiel cumplimiento al estatuto y reglamento interno de la
institución, así como los acuerdos de Asamblea General y Consejo directivo. =======
Igualmente denunciará ante el Consejo directivo, las faltas o infracciones que cometan
los asociados proponiendo las sanciones respectivas, de acuerdo al título de sanciones. =
Art. 31º.- El vocal presidirá las comisiones de trabajo y coordinará con la directiva para
el normal desarrollo de la asociación. Asimismo reemplazará cualquier miembro del
Consejo directivo, excepto el presidente, en caso de ausencia o impedimento temporal.
TITULO VI
DE LOS ASOCIADOS
Art. 32º.- Para ser miembro de la Asociación se requiere: =====================
a) Ser persona natural, comprometida con aliviar la problemática en nuestra región.
b) Demostrar buenas costumbres y buen comportamiento social y cultural. ======
c) No haber sido sentenciado penalmente. =============================
d) Tener vocación de ayuda y de confraternidad. ========================
Art. 33º.- Son derechos de los asociados: =================================
a) Participar con voz y voto en las asambleas. ==========================
b) Elegir y ser elegidos para los cargos directivos y comisiones especiales. ======
c) Tener acceso a los libros sociales, contables y otro de interés de los asociados. =
d) Obtener los beneficios que la institución otorga a sus miembros. ===========
Art. 34º.- Son obligaciones de los asociados: ==============================
a) Cumplir con las normas establecidas en el estatuto y reglamento interno. =====
b) Aceptar y cumplir los acuerdos del Consejo directivo y los adoptados en
Asamblea General. ===========================================
c) Abonar puntualmente las cuotas ordinarias y extraordinarias que fije la
Asamblea General. ===========================================
Art. 35º.- La condición de asociado se pierde por: ==========================
a) Renuncia escrita dirigida al presidente de la asociación. =================
b) Fallecimiento. ==============================================
c) Exclusión acordada por el Consejo directivo, ratificada en Asamblea General
por: ======================================================
- Actuar probadamente contra los intereses de la asociación. ===============
- Sostener asuntos litigiosos con la asociación. =========================
- Desacatar las disposiciones que contiene el estatuto y reglamento interno. ====
- Retraso en el pago de sus cuotas. =================================
- Haber denigrado a la institución. =================================
TITULO VII
DE LAS FALTAS Y SANCIONES
ART. 36º.- La asociación sancionará a los miembros que incurran en la siguiente falta:
a) Todo asociado que adeude tres mensualidades consecutivas, perderán los
beneficios que otorgan estos estatutos y vencido el cuarto mes podrá ser
excluido de la asociación. El miembro excluido podrá rehabilitarse y reingresar
mediante el pago de lo adeudado más una multa que determine el Consejo
directivo. ==================================================
b) Todo asociado que dentro de la asociación observara conducta inmoral, será
suspendido temporalmente de acuerdo a la gravedad del caso, y en caso de
reincidencia será expulsado definitivamente. =========================
c) Hacer proselitismo o propaganda política. ===========================
Art. 37º.- Así mismo se consideran faltas: ================================
a) Defraudar y malversar los fondos de la asociación. =====================
b) Difamar a la institución o sus integrantes. ===========================
c) Hacer o promover el desorden en los actos que celebra la asociación o provocar
escándalos en su local. ========================================
d) Faltar de palabra o agresión física al directivo o socios dentro del local
institucional. ===============================================
e) La retención maliciosa de documentos, libros etc. Que impidan la normal
marcha de la institución. =======================================
f) Actuar probadamente contra los intereses e imagen de la asociación. ========
g) Sostener asuntos litigiosos con la asociación. =========================
h) Desacatar las disposiciones que contienen el estatuto reglamento interno. =====
Art. 38º.- El miembro suspendido quedará inhabilitado para ser elegido miembro del
consejo directivo. =================================================
Art. 39º.- Corresponderá al Consejo directivo imponer las sanciones que corresponde
en primera instancia y en segunda instancia en vía de reconsideración, ejercerá
funciones sancionadoras la Asamblea General. =============================
Art. 40º.- Los asociados sancionados por el Consejo directivo podrán presentar recurso
de reconsideración en forma escrita, dentro del término de cinco días de notificado con
la sanción, el recurso de reconsideración deberá ser presentado ante el presidente del
Consejo directivo y en ausencia de este al secretario, quien dará cuenta a la Asamblea
General. ========================================================
Art. 41º.- De acuerdo a la gravedad de la falta se aplicarán las siguientes acciones: ===
a) Llamada de atención privada o pública. =============================
b) Amonestación escrita. =========================================
c) Separación temporal. ==========================================
d) Exclusión definitiva. ==========================================
TITULO VIII
DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACION DE LA ASOCIACIÓN
ART. 42º.- La asociación se disuelve de pleno derecho cuando no pueda funcionar
según su estatuto por liquidación, en este caso se observará lo dispuesto por el artículo
95 del código civil, y por actos contrarios al orden público o a las buenas costumbres,
como lo refiere el artículo 96 del código civil. =============================
Art. 43º.- La disolución y liquidación de la asociación se acordara en asamblea general
con cada especialmente para este fin, y el quórum reglamentario será de más de la mitad
de sus rociados. Los acuerdos se adoptan con el voto de más de la mitad miembros
concurrentes. En segunda convocatoria, los acuerdos se adoptan con los asociados que
asistan y que representen fenómenos de la décima parte. ======================
Art. 44º.- Disuelta la asociación, su patrimonio será donado a una institución de
servicios análogos a la institución, o en todo caso pasará a la beneficencia pública de
Trujillo. ========================================================
DISPOSICIONES FINALES.
PRIMERO.- En los casos no previstos por el presente estatuto se observará
supletoriamente las normas legales vigentes y serán resueltos por la Asamblea General y
el reglamento interno, así como por las leyes vigentes de la República. ============
Luego de la transcripción del estatuto se procedió a la elección del consejo directivo de
la institución. ====================================================
El señor Alex Chang Briones, fue la idea que la votación se realice de manera
tradicional, es decir el que obtenga la mayoría de votos en cada cargo será el titular,
moción fue aprobada por todos los asistentes. ==============================
El procedimiento de la elección se realizó sin ningún inconveniente y de la manera más
transparente por lo que luego de las votaciones correspondientes, el Consejo directivo
de la asociación quedó conformado de la siguiente manera. ====================
Presidente: ALEX CHANG BRIONES =================================
Vicepresidente: LUÍS GARCÍA CHÁVEZ ==============================
Secretario: ENRIQUE QUESQUÉN PÁUCAR ===========================
Tesorero: ABRAHAM JAVIER FLORES ==============================
Secretario de organización: JORGE NIETO PAREDES =====================
Secretario de imagen institucional: JAVIER MALCA QUESQUÉN =============
El Sr. Alex Chang Briones Presidente electo de la asociación agradeció la confianza
puesta en su persona y se comprometió a trabajar denodadamente envíen de la
institución, invocando la participación de todos para el cumplimiento de los objetivos
trazados. ========================================================
El acto eleccionario fue ratificado como un voto de aplausos y por el brindis
correspondiente por parte de todos los asistentes. ===========================
Posteriormente el Consejo directivo quedó debidamente instalado, para cumplir sus
funciones de manera legal. ===========================================
Luego se acordó que todos los miembros del Consejo directivo participen en la
suscripción de la minuta y escritura de constitución de la asociación, así como de
cualquier otro documento hasta su inscripción en el registro de personas jurídicas de La
Libertad. =======================================================
No habiendo nada más que tratar se finalizó la sesión siendo las 10:25 p.m. Del mismo
día, suscribiendo la presente acta, todos los asistentes en señal de conformidad. ======