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Presentacin Septiembre 2013 GLOBALIZATION SERVICES
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1. Herramienta Automate Note Search 2. SEPA 3. Cambios legales 2014
Agenda
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1. Herramienta Automate Note Search (Carlos Martinez Escribano)
2. SEPA 3. Cambios legales 2014
Agenda
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1. Herramienta Automate Note Search
2. SEPA 3. Cambios legales 2014
Agenda
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Dicen que
Los bancos espaoles estn preparados. Los grandes emisores y administraciones pblicas estn todava trabajando en la migracin pero se espera que lleguen a tiempo .
Las pymes no estn preparadas para llegar a tiempo.
Lo que es seguro es que solo quedan 127 das
SEPA
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FORMATO PARA ESPAA se basa en el formato CGI_XML_CT.
Formato CGI_XML_CT sin localizar: Nota 1665873
Se puede utilizar SEPA_CT realizando los oportunos cambios.
Tanto formato CGI_XML_CT como SEPA_CT son estndares de SAP.
ESTADO ACTUAL DE LA LOCALIZACIN DEL FORMATO CGI_XML_CT: Pilotaje interno Pilotaje cliente Liberacin
TRANSFERENCIAS SEPA en SAP
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Que incluye?
o Transferencias SEPA: Transferencias en euros a pases zona SEPA o Otras transferencias: Transferencias en euros a pases fuera de la zona
SEPA.
o Cheques: Cheques en euros en Espaa. o Transferencias en divisas.
Todo en el mismo fichero? Debera pero mejor consltalo con tu entidad financiera.
Con independencia de si puede ser o no en el mismo fichero es recomendable utilizar vas de
pago diferentes para que valide determinada informacin como la existencia del IBAN para
transferencias SEPA.
El orden de los diferentes bloques en el fichero no es relevante (aunque se mencione en el
cuaderno).
ORDENES DE FORMATO ISO 20022 PARA EMISION DE TRANSFERENCIAS Y CHEQUES EN EUROS
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FORMATO CGI_XML_CT - ESPAA (I)
Transaccin FBPM Generacin del fichero xml
Formato CGI_XML_CT para que tenga en cuenta las adaptaciones de
Espaa se debe indicar:
Format Parameters ISO Code= ES
Namespace y Namespace Schema: No es necesario poner los valores.
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Transaccin FBPM Generacin del fichero xml
Si se quiere generar el fichero directamente desde la transaccin F110
Transaccin FBPM Crear una variante con el formato CGI_XML_CT e ISO code= ES.
Transaccin OBPM4 asignar la variante generada a la compaa y el House Bank para el formato CGI_XML_CT
FORMATO CGI_XML_CT - ESPAA (II)
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Identificacin del presentador Obligatorio
FBZP House Bank: Data Medium Exchange
FORMATO CGI_XML_CT ESPAA (III)
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Clasula de Gastos
Transferencias SEPA SLEV (=SHAR) Solo en el bloque de informacin de pago. No a nivel de transferencia individual.
Otras transferencias:
Se permite a nivel de transferencia individual. CRED Por cuenta beneficiario. DEBT Por cuenta del ordenante. SHAR Gastos compartidos (=SLEV=Blanco).
Cheques: No se usa.
FORMATO CGI_XML_CT ESPAA (IV)
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Clasula de Gastos y Prioridad de la instruccin
Customzing Financial Accounting AR and AP Business Transactions Outgoing payments Automatic outgoing payments Payment media Data medium Exchange Define Instructions Keys
+ Indique en el maestro de proveedores
FORMATO CGI_XML_CT ESPAA (V)
Payment type= 1 detremina Instruction Key = HIGH
Grado de urgencia con el que la entidad debe procesar la orden se debe acordar con la entidad.
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Nombre del presentador
Nombre del ordenante
V_T001
FORMATO CGI_XML_CT ESPAA (VI)
Payment method by company
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Adeudos SEPA Instrumento para realizar cobros en euros mediante adeudo en la cuenta del deudor, la cual podr estar situada en cualquier pas de la zona SEPA.
Adeudo SEPA Core
Se trata de un instrumento que permite realizar cobros en euros adeudando la cuenta del deudor ya sea consumidor, empresa o autnomo. Existe posibilidad de reembolso en el plazo de ocho semanas para operaciones autorizadas.
Adeudo SEPA B2B
Se trata de un instrumento que permite realizar cobros en euros entre no consumidores, y que a diferencia del bsico tiene un plazo de devolucin reducido.
El COR1 es un servicio opcional mediante el cual los acreedores pueden presentar en su entidad financiera sus adeudos Core hasta dos das antes de su fecha de vencimiento (previos acuerdo con la entidad financiera).
NOVEDADES Adeudos Cor1 (I)
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CORE 1
Ventajas:
Presentacin con menor antelacin a su fecha de cobro.
Un nico plazo, no distingue si es un adeudo puntual o recurrente, ni si es la primera presentacin SIMPLIFICA LA GESTIN.
COMPARATIVA
(*) Octubre 2013 (Nacionales)
NOVEDADES Adeudos Cor1 (II)
CORE COR1 1er DD (FRST o OOFF) D-6 (D-5*)
D-2 (D-1*) Siguientes (RCUR) D-3 (D-2*)
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COR1
Verificar que las entidades lo admiten (Consultar lista entidades adheridas):
o Tu entidad financiera. o La entidad financiera del deudor.
Indicar en el fichero xml en la etiqueta COR1
Mismo fichero no puede incluir Adeudos CORE y Adeudos COR1
NOVEDADES Adeudos Cor1 (III)
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Formato es libre pero existe determinada informacin es obligatoria (Ver AEB50).
Modelos simplificados (CORE y B2B): Contienen la informacin mnima para recabar el consentimiento del deudor.
Modelo B2B adems incluye la mencin de que el deudor realice la autorizacin expresa en su entidad financiera previa al cargo en cuenta.
Diseo debe ajustarse a los requisitos establecidos en las directrices:
Encabezado estndar: Orden de domiciliacin de adeudo directo SEPA (Obligatorio). B2B: Debe constar B2B en el encabezado.
Idioma: Al menos en una de las lenguas oficiales del pas del deudor y en ingls.
Mandato debe estar claramente diferenciado de cualquier otro texto.
MODELO MANDATO A UTILIZAR (I)
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En el texto legal (Autorizacin y derecho de reembolso del deudor) debe hacerse referencia explicita al derecho de reembolso establecido en el esquema, caso del bsico (Core), o la inexistencia del mismo, para B2B.
Instrucciones claras para que el deudor retorne el formulario debidamente cumplimentado y firmado al acreedor.
En las operaciones B2B (recoge la renuncia del deudor al derecho de reembolso en operaciones autorizadas), la entidad deudora debe recabar su conformidad antes de efectuar el cargo en cuenta. Por lo tanto conveniente advertir a los deudores la necesidad de transmitir a su entidad el consentimiento para que esta pueda realizar el cargo en cuenta de los adeudos B2B.
La orden de domiciliacin (Mandato) debe ir SIEMPRE FIRMADA por el titular de la cuenta de cargo o persona autorizada en al misma.
MODELO MANDATO A UTILIZAR (II)
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El acreedor es responsable:
Las ordenes de domiciliacin cumplan con los requisitos mencionados.
La custodia del mandato.
Posteriores modificaciones del mandato y a su cancelacin.
MODELO MANDATO A UTILIZAR (III)
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Informacin mnima
Referencia de la orden de domiciliacin Permite identificar cada orden de domiciliacin firmada por el deudor y debe ser nica para cada mandato.
Identificador del acreedor Cdigo asignado al acreedor por su entidad para la emisin de adeudos.
Nombre del acreedor.
Direccin del acreedor - Cdigo postal Poblacin Provincia Pas.
Nombre del deudor Titular de la cuenta de cargo.
Direccin del deudor - Cdigo postal Poblacin Provincia - Pas
Cdigo BIC de la entidad del deudor (puede contener 8 u 11 posiciones).
IBAN de la cuenta del deudor Puede contener hasta 34 posiciones dependiendo del pas. Para cuentas en Espaa, consta de 24 posiciones comenzando siempre por ES.
Tipo de pago - Indica si el mandato responde a una operacin de pago nico o de pagos recurrentes.
Lugar y fecha de firma.
Firma(s).
MODELO MANDATO A UTILIZAR (IV)
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La duracin de los mandatos es indefinida y pueden modificarse (acuerdo entre acreedor y deudor) pero determinados datos deben comunicarse a las entidades financieras en el siguiente fichero de adeudo.
Qu puede modificarse?
Referencia nica del mandato.
Identidad del acreedor como consecuencia de fusiones, cambio de nombre.
La cuenta de cargo del deudor (misma entidad o cambio a otra entidad).
Nuevo Mandato
Cambio esquema de adeudo (Core y B2B).
Nombre del deudor.
Tipo de pago (Puntual, recurrente)
MANDATO: Modificacin vs Nuevo Mandato
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1. Herramienta Automate Note Search 2. SEPA
3. Novedades 2014
Agenda
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Novedades 2014 PROYECTO DE REAL DECRETO
Proyecto de Real Decreto por el que se modifican el Reglamento del
Impuesto sobre el Valor Aadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de
29 de diciembre, el Reglamento General de desarrollo de la Ley 58/2003, de
17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisin en va
administrativa, aprobado por el Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, el Real
Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
General de las actuaciones y los procedimientos de gestin e inspeccin
tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de
aplicacin de los tributos, as como el Reglamento General de las
actuaciones citado y el Reglamento por el que se regulan las obligaciones
de facturacin, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembr
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Novedades 2014
REGULACIN DEL NUEVO REGIMEN DEL CRITERIO DE CAJA.
MODELO 340: ENERO 2014 SOLO SUJETOS PASIVOS ACOGIDOS AL REGIMEN DE DEVOLUCIN MENSUAL (REDEME).
MODIFICACIONES MODELO 347.
Otros (Modificacin Base Imponible, Declaracin liquidacin IVA correspondiente al mes de agosto, importe subvenciones modelo 347).
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MODELO 340
REDUCCIN DEL AMBITO OBJETIVO
A partir del 1 de enero 2014
Slo debern presentar el MODELO 340 los sujetos pasivos (IVA o IGIC) que
estn incluidos en el registro de devolucin mensual (REDEME).
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REGULACIN DEL NUEVO REGIMEN DE CAJA
Sujetos pasivos volumen de operaciones durante el ao natural sea MENOR de 2.000.000 euros (realizacin de actividades comienza en el ao
natural, elevar el importe al ao).
Si durante el ao natural los supera queda excluido.
Si durante el ao natural recibe cobros en efectivo respecto de un mismo
destinatario supere los 100.000,00 (exclusin ao inmediato posterior).
o Las facturas emitidas bajo este rgimen deben contener la mencin
Rgimen especial del criterio de caja.
ENTRADA EN VIGOR: en principio 1de ENERO DE 2014.
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REGULACIN DEL NUEVO REGIMEN DE CAJA A quin afecta? Cmo nos afecta?
A los sujetos pasivos que se acojan al criterio de caja.
o Rgimen de doble caja, esto es, tanto para el IVA devengado como para el IVA deducible.
A los sujetos pasivos no acogidos al rgimen especial del criterio de caja que sean destinatarios de las operaciones afectadas
por el mismo.
o Se retrasa la deducibilidad del IVA soportado a la fecha de pago.
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REGULACIN DEL NUEVO REGIMEN DE CAJA: Deber de informacin (I)
Establecimiento de mecanismos para un efectivo control tributario
que afecta a los libros registro, Modelo 340 y Modelo 347
Los sujetos pasivos acogidos al rgimen especial del criterio de caja debern incluir:
Libro registro de facturas expedidas la siguiente informacin: o Las fechas del cobro, parcial o total, de la operacin, con indicacin por
separado del importe correspondiente, en su caso.
o Indicacin de la cuenta bancaria o del medio de cobro utilizado, que pueda acreditar el cobro parcial o total de la operacin.
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REGULACIN DEL NUEVO REGIMEN DE CAJA: Deber de informacin (II)
Los sujetos pasivos acogidos al rgimen especial del criterio de caja y los
sujetos pasivos no acogidos al rgimen especial del criterio de caja
destinatarios de las operaciones afectadas por el mismo debern incluir :
Libro registro de facturas recibidas la siguiente informacin:
o Las fechas del pago, parcial o total, de la operacin, con indicacin por
separado del importe correspondiente, en su caso.
o Indicacin del medio de pago por el que se satisface el importe parcial o total
de la operacin.
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REGULACIN DEL NUEVO REGIMEN DE CAJA: Deber de informacin Cundo deben declararse? (I)
Libros registros y modelo 340
Se incluye un nuevo apartado 5 en el artculo 69, con la siguiente redaccin:
5. Las operaciones a las que sea de aplicacin el rgimen especial del
criterio de caja que hayan de ser objeto de anotacin registral debern hallarse
asentadas en los correspondientes Libros Registro generales en los plazos
establecidos en los nmeros anteriores como si a dichas operaciones no les
hubiera sido de aplicacin dicho rgimen especial, sin perjuicio de los datos
que deban completarse en el momento en que se efecten los cobros o pagos
totales o parciales de las operaciones.
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REGULACIN DEL NUEVO REGIMEN DE CAJA: Deber de informacin Cundo deben declararse? (II)
Modelo 347
Los importes efectivamente cobrados o pagados as como los importes que se devenguen a 31 de diciembre.
Las operaciones acogidas a este rgimen especial debern constar separadamente en la declaracin de operaciones con terceras personas y, se consignarn en la declaracin del ao natural en que se hagan efectivos dichos importes.
La informacin se suministrar exclusivamente atendiendo a su cmputo anual, en los supuestos de la informacin a presentar por los sujetos acogidos al rgimen especial del criterio de caja, y en cuanto a las operaciones afectadas por el rgimen especial de criterio de caja, por los destinatarios de las mismas.
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REGULACIN DEL NUEVO REGIMEN DE CAJA: Deber de informacin Cundo deben declararse? (III)
Modelo 347
Se harn constar separadamente de otras operaciones que, en su caso, se realicen entre las mismas partes, las operaciones a las que sea de aplicacin el rgimen especial del criterio de caja del Impuesto sobre el Valor Aadido.
Estas operaciones debern consignarse atendiendo a los siguientes criterios:
En el momento en que se hubieran devengado conforme a la regla general de devengo contenida en el artculo 75 de la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Aadido, como si a dichas operaciones no les hubiera sido de aplicacin el rgimen especial.
En el momento en que se produzca el devengo total o parcial de las mismas de conformidad con los criterios contenidos en el artculo 163 terdecies de la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Aadido por los importes correspondientes.
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Otros cambios en el modelo 347
Modelo 347
Se harn constar separadamente de otras operaciones que, en su caso, se
realicen entre las mismas partes, las operaciones en las que el sujeto pasivo
sea el destinatario de acuerdo con lo establecido en el artculo 84.Uno.2 de la
Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Aadido INVERSION DEL SUJETO PASIVO?
Se elimina el lmite de las subvenciones.
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Informacin
SEPA Espaa: www.sepaesp.es
SEPA Competence Center: http://service.sap.com/SEPA
SAP Help Portal Documentation
http://help.sap.com/erp2005_ehp_04/helpdata/en/9a/4de506f0c24412b51fb65301e
9901d/frameset.htm
European Payments Council
http://www.europeanpaymentscouncil.eu/index.cfm
Informacin de inters
Gracias!
Victoria Golobart SAP Localization victoria.golobart@sap.com
Presentacin Septiembre 2013AgendaAgendaAgendaSEPATRANSFERENCIAS SEPA en SAPORDENES DE FORMATO ISO 20022 PARA EMISION DE TRANSFERENCIAS Y CHEQUES EN EUROSFORMATO CGI_XML_CT - ESPAA (I)FORMATO CGI_XML_CT - ESPAA (II)FORMATO CGI_XML_CT ESPAA (III)FORMATO CGI_XML_CT ESPAA (IV)FORMATO CGI_XML_CT ESPAA (V)FORMATO CGI_XML_CT ESPAA (VI)NOVEDADES Adeudos Cor1 (I) NOVEDADES Adeudos Cor1 (II)NOVEDADES Adeudos Cor1 (III)MODELO MANDATO A UTILIZAR (I)MODELO MANDATO A UTILIZAR (II)MODELO MANDATO A UTILIZAR (III)MODELO MANDATO A UTILIZAR (IV)MANDATO: Modificacin vs Nuevo MandatoAgendaNovedades 2014 PROYECTO DE REAL DECRETONovedades 2014MODELO 340REGULACIN DEL NUEVO REGIMEN DE CAJAREGULACIN DEL NUEVO REGIMEN DE CAJA A quin afecta? Cmo nos afecta?REGULACIN DEL NUEVO REGIMEN DE CAJA: Deber de informacin (I)REGULACIN DEL NUEVO REGIMEN DE CAJA: Deber de informacin (II)REGULACIN DEL NUEVO REGIMEN DE CAJA: Deber de informacin Cundo deben declararse? (I)REGULACIN DEL NUEVO REGIMEN DE CAJA: Deber de informacin Cundo deben declararse? (II)REGULACIN DEL NUEVO REGIMEN DE CAJA: Deber de informacin Cundo deben declararse? (III)Otros cambios en el modelo 347Informacin de intersGracias!